Micelio
Auto5 de mayo de 1999

A- de 1999

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Curtiembres Bufalo S.A. Y Otros

Tema · dato duro
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-014/99.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad Sentencia De Revision De Tutela
  • Procedencia excepcional
  • Procedencia por falta de notificación a personas jurídicas afectadas con la decisión
  • Competencia
  • Vulneración del debido proceso
Debido Proceso En Sentencia De Revision De Tutela
  • Falta de notificación a personas jurídicas afectadas con la decisión
2 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad solicitada sólo en aquella parte de la Sentencia T-014/99 proferida por esta Corte contenida en el numeral 2º, parte final que dice: “Y los socios de Colcurtidos también responderán solidariamente según se indicó en la parte motiva de este fallo”.

En lo demás, sigue vigente la sentencia.

Lo anterior, porque evidentemente se incurrió en una violación al debido proceso al vincular en la parte resolutiva a particulares no informados de la tutela.

Esa omisión invalida la frase cuestionada de la parte resolutiva.

Pero no puede anular toda la sentencia porque las razones para la nulidad son de orden constitucional; y, dentro del esquema de protección a los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. DECLARAR la nulidad solicitada solo en aquella parte de la sentencia T-014 de 1999 proferida por la Sala Septima de Revision contenida en el numeral 2o, parte final que dice: "Y los socios de Colcurtidos tambien responderan solidariamente segun se indico en la parte motiva de este fallo". En lo demas, sigue vigente la sentencia.
  2. Contra la presente providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.